1 de diciembre de 2007

¿Por que cesión ilegal trabajadores?


Estamos hablando de que Perfaler y el Ayuntamiento están vulnerando el artículo 43 del estatuto de los trabajadores, artículo que regula la cesión de trabajadores y que dice:

1. La contratación de trabajadores para cederlos temporalmente a otra empresa sólo podrá efectuarse a través de empresas de trabajo temporal debidamente autorizadas en los términos que legalmente se establezcan.

2. En todo caso, se entiende que se incurre en la cesión ilegal de trabajadores contemplada en el presente artículo cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias: que el objeto de los contratos de servicios entre las empresas se limite a una mera puesta a disposición de los trabajadores de la empresa cedente a la empresa cesionaria, o que la empresa cedente carezca de una actividad o de una organización propia y estable, o no cuente con los medios necesarios para el desarrollo de su actividad, o no ejerza las funciones inherentes a su condición de empresario.

3. Los empresarios, cedente y cesionario, que infrinjan lo señalado en los apartados anteriores responderán solidariamente de las obligaciones contraídas con los trabajadores y con la Seguridad Social, sin perjuicio de las demás responsabilidades, incluso penales, que procedan por dichos actos.

4. Los trabajadores sometidos al tráfico prohibido tendrán derecho a adquirir la condición de fijos, a su elección, en la empresa cedente o cesionaria. Los derechos y obligaciones del trabajador en la empresa cesionaria serán los que correspondan en condiciones ordinarias a un trabajador que preste servicios en el mismo o equivalente puesto de trabajo, si bien la antigüedad se computará desde el inicio de la cesión ilegal.

Así que leído esto:

1. Se incumple el apartado 1 porque Perfaler no es una empresa de trabajo temporal.
2. Se incumple el apartado 2 porque Perfaler se limita a “poner a disposición trabajadores” y ni le da órdenes de trabajo, ni controla su tarea, ni los uniforma, ni le facilita los medios para realizar su trabajo, simplemente le ingresa su nómina.

Por tanto está muy claro y es fácilmente demostrable que existe una cesión ilegal de trabajadores. Todos los juicios celebrados hasta ahora así lo recononocen.


Ahora bien, ¿por qué denuncia un trabajador de Perfaler?

1. Porque existe un diferencia salarial entre un trabajador de Perfaler y un funcionario o laboral del Ayuntamiento y están realizando el mismo trabajo y compartiendo el mismo espacio. Y hablamos de diferencias de salario importantes.

2. Porque hay una empresa,Perfaler, que está obteniendo beneficio económico de una situación ilegal y eso es claramente denunciable.

3. Porque tenemos todo el derecho a tener una situación laboral estable. Se reconoce la condición de fijo a un trabajador que en el plazo de 30 meses mantenga una ocupación de 24 meses, con dos o más contratos, con cualquiera que sea la modalidad de contratación temporal, incluyendo los periodos cubiertos por ETT.

¿Que pretende conseguir un trabajador de Perfaler con su denuncia?

1. Pues como dice el artículo 4 y las sentencias que están saliendo, tenemos derecho a adquirir la condición de fijos a nuestra elección entre la empresa cedente (Perfaler) o cesionaria (ayuntamiento de SBT). Eso significa que pasamos a ser laborales indefinidos y para quedarnos fijos tenemos que opositar como cualquier trabajador del ayuntamiento y por supuesto vamos a estudiar para ello.

2. Recibir las retribuciones salariales igual a un trabajador que preste servicios en el mismo o equivalente puesto de trabajo.

Creemos que el tema es meridianamente claro.

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